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Artículo 36

REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal

Artículo 36

TÍTULO PRIMERO - DE LA ORGANIZACIÓN · CAPÍTULO TERCERO - DE LAS ATRIBUCIONES · SECCIÓN SEXTA - DE LAS COORDINACIONES Y DE LAS COORDINACIONES ESTATALES

Artículo 36.- Corresponde a la Coordinación de Servicios Generales:

  1. Aplicar las políticas, estrategias, normas y lineamientos en materia de administración de recursos humanos, materiales, financieros, servicios generales, de obra pública y servicios relacionados con ésta última que determine el General y evaluar sus resultados;
  2. Someter a consideración del General el anteproyecto de presupuesto anual de la ;
  3. Someter a consideración del General las propuestas de cambios a la organización interna de la y las medidas técnicas y administrativas que mejoren su funcionamiento;
  4. Dar seguimiento, controlar y evaluar el ejercicio del presupuesto anual de las unidades administrativas de la ;
  5. Dirigir la elaboración y/o actualización del general, los manuales específicos, de procedimientos y de servicios al público, y gestionar su aprobación ante las instancias correspondientes;
  6. Fijar los lineamientos para formular el General de la y para los manuales de organización específicos de procedimientos y demás documentos administrativos, excepto en lo relacionado con las atribuciones que al respecto estén conferidas al ;
  7. Analizar y, en su caso, autorizar, registrar y controlar las modificaciones presupuestales procedentes que soliciten las unidades administrativas de la ;
  8. Instrumentar las acciones administrativas necesarias para realizar las adquisiciones, contratar los arrendamientos y la prestación de los servicios autorizados;
  9. Expedir las credenciales y constancias de identificación del personal de la ;
  10. Supervisar y orientar las actividades administrativas de cada una de las unidades de la ;
  11. Someter a la consideración del General los programas de racionalización del gasto, la optimización de los recursos, así como los procesos administrativos de la , supervisar su establecimiento y evaluar su cumplimiento, en coordinación con las instancias competentes;
  12. Proponer al General los contratos y convenios vinculados con el desarrollo de las atribuciones de la o relacionados con la administración de los recursos humanos, materiales y financieros que ésta tenga asignados, así como los demás actos de administración que requieran ser documentados, conforme a la normatividad vigente y signar aquellos que le faculten;
  13. Establecer las normas y procedimientos para el trámite de pago de la documentación comprobatoria de operaciones, así como supervisar su aplicación y llevar a cabo el resguardo de dicha documentación;
  14. Llevar el registro contable del ejercicio del presupuesto de la , conforme a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaría, el Reglamento de ésta última y las normas que expida la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;
  15. Proponer las actualizaciones a los Manuales de Organización y Procedimientos, y establecer los lineamientos para la elaboración y actualización de los demás instrumentos de apoyo administrativo interno necesarios para la operación y funcionamiento de las unidades de la misma, así como brindar la asesoría técnica en la materia;
  16. Elaborar los estudios relativos a la asignación de sueldos y salarios, así como coordinar y operar el de remuneraciones del personal de la ;
  17. Elaborar el nombramiento del personal de la ; tramitar las designaciones, altas o promociones, así como las incidencias referentes a incapacidades, licencias, y bajas por fallecimiento o renuncia; ejecutar el retiro o jubilación de los de conformidad con la legislación vigente, así como el retiro voluntario en los casos que proceda;
  18. Expedir las constancias de servicios, de percepciones y de baja de los ;
  19. Ejecutar, en el ámbito de su competencia, las resoluciones que emitan el , sus Comisiones o Comités, el Órgano Interno de Control, la Unidad de Asuntos Internos, así como las que emitan otras autoridades competentes y que sean obligatorias para la ;
  20. Ejecutar la aplicación de los estímulos y recompensas que determine la normatividad vigente;
  21. Representar a la ante el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores al Servicio del Estado o cualquier otra autoridad o sea pública o privada, en materia de prestaciones y servicios que correspondan a los ;
  22. Aplicar las políticas para gestionar la contratación de los seguros y fianzas de los recursos humanos y materiales de la , así como llevar el control de inventarios de estos últimos;
  23. Proponer y dirigir las acciones de atención médica y servicios de alimentación a los de la ;
  24. Participar en los requerimientos para la integración del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de la Dependencia;
  25. Realizar el mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles que se encuentren en uso de los servidores públicos de la , que formen parte de los activos y patrimonio inmobiliario de la misma;
  26. Administrar el patrimonio inmobiliario asignado a la ;
  27. Facilitar la infraestructura, equipo y material para el registro, imposición y descarga de las sanciones por infracciones en materia de tránsito de vehículos, por violación a las disposiciones legales y reglamentarias relativas al uso y aprovechamiento de la zona terrestre de las vías generales de comunicación, así como de aquellas relativas a la operación de los servicios de autotransporte federal, sus servicios auxiliares y transporte privado;
  28. Registrar y llevar el control de los montos a que ascienden las sanciones impuestas por violación a las disposiciones legales y reglamentarias en materia de tránsito, autotransporte federal, sus servicios auxiliares y transporte privado, cuando los vehículos circulen en la zona terrestre de las vías generales de comunicación, así como el monto a que ascienden los recursos que se destinan a la , de conformidad con las disposiciones aplicables;
  29. Gestionar ante la la entrega de los ingresos que se perciban por concepto de multas impuestas con motivo de infracciones por violaciones a las disposiciones legales y reglamentarias relativas al tránsito de vehículos en la zona terrestre en las vías generales de comunicación;
  30. Vigilar que los ingresos a que se refiere la fracción anterior se destinen a los fines que establecen las disposiciones legales aplicables;
  31. Asesorar y supervisar a las unidades de administración de las Coordinaciones Estatales en el trámite de los asuntos que les corresponda atender, y
  32. Las demás que le confieran este Reglamento, otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior de quien dependa.
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