OCTAVO.- Las modificaciones que, en su caso, se lleven a cabo a la estructura orgánica del Secretariado Ejecutivo, se deberán realizar conforme a las disposiciones aplicables y mediante movimientos compensados que no aumentarán el presupuesto regularizable de servicios personales, aprobado para el presente ejercicio fiscal y los subsecuentes.
Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a veintiséis de noviembre de dos mil siete.- Felipe de Jesús Calderón Hinojosa.- Rúbrica.- El Secretario de Seguridad Pública, Genaro García Luna.- Rúbrica.