ARTÍCULO 31. En el caso de unificación de cuentas, los Trabajadores, y en su caso, los Trabajadores no Afiliados, podrán solicitar que los recursos correspondientes a la Subcuenta de Ahorro a Largo Plazo, se acumulen a la subcuenta de aportaciones complementarias de retiro.
Reglamento [Reg_LSAR]
Artículo 31 de REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro
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CAPÍTULO III - Disposiciones Comunes para los trabajadores Y PARA LOS TRABAJADORES NO AFILIADOS · Sección I - De sus Derechos en General
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