Reglamento [Reg_LSAR]

Artículo 37 de REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro

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REGLAMENTO de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (Reg_LSAR)

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Artículo 37

CAPÍTULO III - Disposiciones Comunes para los trabajadores Y PARA LOS TRABAJADORES NO AFILIADOS · Sección III - Del Proceso de Registro de los Trabajadores y de los Trabajadores no Afiliados

ARTÍCULO 37. En términos del artículo 33 fracción V del presente Reglamento, los Trabajadores y los Trabajadores no Afiliados tendrán derecho a celebrar un contrato de administración de fondos para el retiro con la Administradora de su elección.

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