Lectura de artículo · Reg_LSE

Artículo 173

REGLAMENTO de la Ley del Sector Eléctrico

Artículo 173

TÍTULO QUINTO - DE LAS DEMAS ACTIVIDADES DEL SECTOR ELÉCTRICO · Capítulo II - De los Pequeños Sistemas Eléctricos · Sección Única - De los Pequeños Sistemas Eléctricos en Régimen de Micro-Red

Artículo 173. Los pequeños sistemas eléctricos en régimen de micro-red deben cumplir con las Reglas del Mercado y, en su caso, las disposiciones administrativas de carácter general a que se refiere el artículo 166 del presente reglamento.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Relaciones del artículo 173

Ampliar

Leyenda
Artículo seleccionado Artículo Ley completa Salen del 173 Llegan al 173
Publicidad