TÍTULO QUINTO - DE LAS DEMAS ACTIVIDADES DEL SECTOR ELÉCTRICO · Capítulo V - De las Obligaciones para Energías Limpias, Transición Energética y Descarbonización del Sector Eléctrico
Artículo 191. Las Centrales Eléctricas que generan Energía Limpia con permiso de generación en la modalidad de cogeneración eficiente, pueden recibir Certificados de Energías Limpias por el porcentaje de energía libre de combustible fósil que generen, de acuerdo con el valor que se determine en el dictamen técnico vigente correspondiente y de conformidad con las disposiciones administrativas de carácter general a que se refiere el artículo anterior y el artículo 182 del presente reglamento.