Artículo 234. El Plan de Gestión Social del proyecto debe incorporar, al menos:
I. Estrategia de implementación de las medidas de prevención, mitigación, remediación, compensación y ampliación de los Impactos Sociales;
II. Estrategia de comunicación y vinculación con las poblaciones ubicadas en el área de influencia y otros actores, que incluya sistemas o mecanismos de atención de quejas, y
III. Las demás que en su caso se señalen en la Normatividad en materia de Impacto Social que al efecto emita la Secretaría.