Lectura de artículo · Reg_LSH

Artículo 235

REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

Artículo 235

TÍTULO CUARTO - DE LAS DISPOSICIONES APLICABLES A LA INDUSTRIA DE HIDROCARBUROS · Capítulo IV - De la Manifestación de Impacto Social del Sector Energético y de la Consulta Previa · Sección Primera - Del Estudio de Impacto Social y de la Manifestación de Impacto Social del Sector Energético

Artículo 235. Además de lo indicado en el artículo anterior, para las obras y actividades que, por sus dimensiones e impacto, así lo prevea la Normatividad sobre la Manifestación de Impacto Social del Sector Energético, el Plan de Gestión Social debe incorporar:

  1. Plan de abandono, cierre o desmantelamiento con las medidas de carácter social;
  2. En su caso, plan de reasentamiento;
  3. Indicadores de seguimiento del Plan de Gestión Social;
  4. Estrategia de Beneficios Sociales Compartidos, y
  5. El monto de inversión total anual estimado del Plan de Gestión Social.
Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Relaciones del artículo 235

Ampliar

Leyenda
Artículo seleccionado Artículo Ley completa Salen del 235 Llegan al 235
Publicidad