Artículo 235. Además de lo indicado en el artículo anterior, para las obras y actividades que, por sus dimensiones e impacto, así lo prevea la Normatividad sobre la Manifestación de Impacto Social del Sector Energético, el Plan de Gestión Social debe incorporar:
I. Plan de abandono, cierre o desmantelamiento con las medidas de carácter social;
II. En su caso, plan de reasentamiento;
III. Indicadores de seguimiento del Plan de Gestión Social;
IV. Estrategia de Beneficios Sociales Compartidos, y
V. El monto de inversión total anual estimado del Plan de Gestión Social.