Artículo 334. La Secretaría y la Comisión pueden emitir los lineamientos o reglas generales donde se defina el proceso de inscripción, documentos y requisitos que deben acreditar las personas que realicen las actividades previstas en la Ley para efectos del artículo anterior.
Reglamento [Reg_LSH]
Artículo 334 de REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
TÍTULO NOVENO - OTRAS DISPOSICIONES · Capítulo IV - De las Innovaciones Tecnológicas
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