Reglamento [Reg_LSH]

Artículo 49 de REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

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REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos (Reg_LSH)

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Artículo 49

TÍTULO SEGUNDO - DEL RECONOCIMIENTO Y EXPLORACIÓN SUPERFICIAL Y DE LA EXPLORACIÓN Y EXTRACCIÓN DE HIDROCARBUROS · Capítulo V - De los Contratos para la Exploración y Extracción · Sección Segunda - Del Proceso de Licitación de los Contratos para la Exploración y Extracción

Artículo 49. Los Lineamientos Técnicos deben contener por lo menos lo siguiente:

I. El objeto de la licitación;

II. Los requisitos para acreditar los criterios de precalificación referidos en el artículo 50 de la Ley. Dichos requisitos pueden acreditarse mediante empresas relacionadas o por conducto de algún socio o integrante de un consorcio;

III. En su caso, las características y términos de la participación del Estado mexicano a través de Petróleos Mexicanos de conformidad con el artículo 41 de la Ley;

IV. Las garantías de seriedad de las propuestas;

V. Las causales para no considerar o para desechar propuestas, y

VI. Las causales para no celebrar Contratos para la Exploración y Extracción.

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