Reglamento [Reg_LSH]

Artículo 47 de REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

Texto reglamentario íntegro y fuente oficial.

Ver reglamento completo

Buscar artículo o término en este reglamento

REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos (Reg_LSH)

Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.

Artículo 47

TÍTULO SEGUNDO - DEL RECONOCIMIENTO Y EXPLORACIÓN SUPERFICIAL Y DE LA EXPLORACIÓN Y EXTRACCIÓN DE HIDROCARBUROS · Capítulo V - De los Contratos para la Exploración y Extracción · Sección Segunda - Del Proceso de Licitación de los Contratos para la Exploración y Extracción

Artículo 47. La convocatoria de cada proceso de licitación debe contener lo siguiente:

I. La identificación del Área Contractual a ser licitada;

II. Los Términos y Condiciones Técnicos;

III. Los Lineamientos Técnicos;

IV. Las condiciones económicas relativas a los términos fiscales de los Contratos para la Exploración y Extracción, así como aquellas que deban observarse en el proceso de licitación, que establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público conforme a la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos y su reglamento, y

V. La opinión que emita la autoridad competente en materia de competencia económica en términos del artículo 51, fracción III de la Ley.

Ver artículo Markdown