Artículo 68. En caso de ser procedente la adjudicación directa de un Contrato para la Exploración y Extracción de Gas Natural asociado a una mina de carbón a que se refiere el artículo anterior, debe observarse lo siguiente:
I. La Secretaría debe remitir a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en un plazo de quince días hábiles, la solicitud de adjudicación directa completa, la resolución de la procedencia de la adjudicación directa, la propuesta de Modelo de Contratación que corresponda al Área Contractual y la información soporte que se determine en los convenios de coordinación que al efecto suscriban dichas dependencias.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público debe emitir su opinión sobre la propuesta de Modelo de Contratación, en un plazo de cinco días hábiles, contados a partir de la recepción de esta;
II. Determinado el Modelo de Contratación, la Secretaría cuenta con un plazo de veinte días hábiles para determinar los Términos y Condiciones Técnicos y solicitar a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que establezca las condiciones económicas relativas a los términos fiscales conforme a la Ley de Ingresos sobre Hidrocarburos y su reglamento, y
III. Concluido lo anterior, la Secretaría debe suscribir el Contrato para la Exploración y Extracción de Gas Natural asociado a una mina de carbón, en un plazo de cinco días hábiles.