Vigésimo Quinto. La Secretaría y la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, en el ámbito de sus competencias y de manera conjunta, pueden emitir disposiciones de carácter general que establezcan los lineamientos y procedimientos aplicables para que, previa evaluación técnica, económica y jurídica, se determine la viabilidad de sustituir la modalidad de Contrato para la Exploración y Extracción de Hidrocarburos por la de Asignación, siempre que ello represente mejores condiciones para el Estado mexicano, incremente la renta petrolera o fortalezca a la empresa pública del Estado. Lo anterior se realizará en estricto apego a las facultades conferidas por la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, la Ley del Sector Hidrocarburos y demás disposiciones aplicables.
Reglamento [Reg_LSH]
Artículo Transitorio Vigésimo Quinto de REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
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Transitorios
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Ley reglamentada
Ley Del Sector Hidrocarburos
[LSH]
Norma citada
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
[LOAPF]
Mismo título
Transitorio Vigésimo Cuarto de Reg_LSH
[Reg_LSH]
Mismo título
Transitorio Vigésimo Sexto de Reg_LSH
[Reg_LSH]
Mismo título
Transitorio Vigésimo Tercero de Reg_LSH
[Reg_LSH]
Mismo título
Transitorio Vigésimo Séptimo de Reg_LSH
[Reg_LSH]
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