Reglamento [Reg_LSM]

Artículo 132 de REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Texto reglamentario íntegro y fuente oficial.

Ver reglamento completo

Buscar artículo o término en este reglamento

REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (Reg_LSM)

Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.

Artículo 132

CAPITULO XIII - De las Reservas

ARTICULO 132.- Los reservistas que tengan una jerarquía la ejercerán invariablemente en el mando directo de la unidad que conforme a ella les corresponde.

Ver artículo Markdown