ARTICULO 154.- La Cuartilla (sic DOF 10-11-1942) de Identificación es intransferible y pertenece exclusivamente a la persona a cuyo nombre se ha concedido. No tendrá ningún valor si contiene raspaduras, borrones, enmendaduras, etc.
Reglamento [Reg_LSM]
Artículo 154 de REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
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CAPITULO XV - De los libros de inscripción, de la cartilla de identificación y matrícula
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