CAPITULO XIX - De la organización y funcionamiento de las Juntas Municipales de Reclutamiento
ARTICULO 193.- El Regidor miembro de la Junta será designado en la primera sesión de Cabildo por mayoría de votos.
REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
CAPITULO XIX - De la organización y funcionamiento de las Juntas Municipales de Reclutamiento
ARTICULO 193.- El Regidor miembro de la Junta será designado en la primera sesión de Cabildo por mayoría de votos.