Lectura de artículo · Reg_LSM

Artículo 202

REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

Artículo 202

CAPITULO XIX - De la organización y funcionamiento de las Juntas Municipales de Reclutamiento

ARTICULO 202.- La Junta Municipal de Reclutamiento tiene la obligación ineludible de reunir a todo el contingente de conscriptos en el lugar, día y hora que se designe, poniendo todos los medios que estén a su alcance para que ninguno pueda evadir el servicio y haciendo uso en su caso de la policía.

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