Reglamento [Reg_LSM]

Artículo 222 de REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

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Artículo 222

CAPITULO XXII - De las funciones auxiliares del Servicio Militar

ARTICULO 222.- Los patrones o jefes a que se refiere el artículo anterior, deberán cubrir las vacantes que se originan con motivo de que sus trabajadores pasen a prestar su servicio militar, con sustitutos cuyo contrato de trabajo termina cuando se presente dentro del término legal para hacerlo, el trabajador que originalmente lo desempeñaba.

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