ARTICULO 221.- Todos los patrones y jefes de quienes dependan trabajadores, obreros, campesinos o empleados, tienen obligación de permitirles que se ausenten de sus labores el tiempo indispensable para cumplir con sus obligaciones militares; en el concepto de que para los efectos de este artículo se entiende por patrón el considerado como tal en la Ley Federal del Trabajo.
Reglamento [Reg_LSM]
Artículo 221 de REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
CAPITULO XXII - De las funciones auxiliares del Servicio Militar
Navegación jurídica
Relaciones verificadas del artículo
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Artículos cercanos
Buscar en este reglamento Por artículo o término
Buscar artículo o término en este reglamento
REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (Reg_LSM)
Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.