ARTICULO 32.- La exención a que se refiere el artículo anterior no necesita ser comprobada por el interesado. Las autoridades encargadas del reclutamiento la harán valer con vista de la relación que tuvieren en su poder de médicos sujetos a servicio de examen.
Reglamento [Reg_LSM]
Artículo 32 de REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
CAPITULO IV - Del examen médico
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