Artículo 13.- La Secretaría de Gobernación vigilará el estricto cumplimiento de la Ley de conformidad con lo establecido en los artículos 19 y 20 de la misma, a través de la Coordinación Nacional de Protección Civil.
Reglamento [Reg_LUPDECR]
Artículo 13 de REGLAMENTO de la Ley para el Uso y Protección de la Denominación y del Emblema de la Cruz Roja
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
CAPÍTULO IV - MEDIDAS DE CONTROL Y SANCIONES
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Ley Para El Uso Y Protección De La Denominación Y Del Emblema De La Cruz Roja
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