Ley [195]
Articulo 12
Ley Que Crea La Universidad Autónoma Chapingo
Artículo 12.- El patrimonio de la Universidad estará constituido por:
- I- Los bienes que asigne el Gobierno Federal y que se encuentren al servicio de la Escuela Nacional de Agricultura.
Fracción reformada DOF
- II- Los subsidios que le otorguen los gobiernos de la Federación, de los Estados y de los Municipios;
- III- Los ingresos que obtenga por los servicios que preste, y
- IV- Los bienes, derechos y demás ingresos que adquiera por cualquier título legal.