Ley [211]

Artículo 155 de Ley Sobre El Contrato De Seguro

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Ley Sobre El Contrato De Seguro (211)

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Artículo 155.- No serán oponibles al asegurado las excepciones y defensas que tenga la empresa de seguros por actos u omisiones imputables al contratante del seguro de caución. Tampoco resultará aplicable al asegurado lo previsto en los artículos 52 a 57 y 60 a 64 de esta Ley.

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