Artículo 22. La Secretaría, resolverá las inconformidades que presenten los productores en la aplicación de la , con la participación del Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable.
Artículo 22. La Secretaría, resolverá las inconformidades que presenten los productores en la aplicación de la , con la participación del Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable.