Ley [CCF]
Artículo 1171 de Código Civil Federal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Segundo TÍTULO Septimo CAPÍTULO V
Artículo 1171.- Lo dispuesto en los dos artículos anteriores es aplicable a los herederos del deudor.
Ley [CCF]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Segundo TÍTULO Septimo CAPÍTULO V
Artículo 1171.- Lo dispuesto en los dos artículos anteriores es aplicable a los herederos del deudor.