LIBRO Tercero TÍTULO Quinto CAPÍTULO III
Artículo 1664.- El que repudia el derecho de suceder por intestado sin tener noticia de su título testamentario, puede en virtud de éste, aceptar la herencia.
Ley [CCF]
LIBRO Tercero TÍTULO Quinto CAPÍTULO III
Artículo 1664.- El que repudia el derecho de suceder por intestado sin tener noticia de su título testamentario, puede en virtud de éste, aceptar la herencia.
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