Ley [CCF]
Artículo 1733 de Código Civil Federal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Tercero TÍTULO Quinto CAPÍTULO IV
Artículo 1733.- Los interventores durarán mientras que no se revoque su nombramiento.
Ley [CCF]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Tercero TÍTULO Quinto CAPÍTULO IV
Artículo 1733.- Los interventores durarán mientras que no se revoque su nombramiento.