Ley [CCF]
Artículo 2051 de Código Civil Federal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Cuarto TÍTULO Tercero CAPÍTULO II
Artículo 2051.- Para que haya sustitución de deudor es necesario que el acreedor consienta expresa o tácitamente.
Ley [CCF]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Cuarto TÍTULO Tercero CAPÍTULO II
Artículo 2051.- Para que haya sustitución de deudor es necesario que el acreedor consienta expresa o tácitamente.