Ley [CCF]
Artículo 2076 de Código Civil Federal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Cuarto TÍTULO Cuarto CAPÍTULO I
Artículo 2076.- El pago hecho de buena fe al que estuviese en posesión del crédito, liberará al deudor.
Ley [CCF]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Cuarto TÍTULO Cuarto CAPÍTULO I
Artículo 2076.- El pago hecho de buena fe al que estuviese en posesión del crédito, liberará al deudor.