Ley [CCF]
Artículo 2200 de Código Civil Federal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Cuarto TÍTULO Quinto CAPÍTULO I
Artículo 2200.- El deudor solidario no puede exigir compensación con la deuda del acreedor a sus codeudores.
Ley [CCF]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Cuarto TÍTULO Quinto CAPÍTULO I
Artículo 2200.- El deudor solidario no puede exigir compensación con la deuda del acreedor a sus codeudores.