LIBRO Primero TÍTULO Quinto CAPÍTULO VII
Artículo 231.- Son aplicables a las donaciones antenupciales las reglas de las donaciones comunes, en todo lo que no fueren contrarias a este capítulo.
Ley [CCF]
LIBRO Primero TÍTULO Quinto CAPÍTULO VII
Artículo 231.- Son aplicables a las donaciones antenupciales las reglas de las donaciones comunes, en todo lo que no fueren contrarias a este capítulo.
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