Ley [CCF]
Artículo 2366 de Código Civil Federal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Cuarto TÍTULO Cuarto CAPÍTULO III
Artículo 2366.- El donante no puede renunciar anticipadamente el derecho de revocación por superveniencia de hijos.
Ley [CCF]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Cuarto TÍTULO Cuarto CAPÍTULO III
Artículo 2366.- El donante no puede renunciar anticipadamente el derecho de revocación por superveniencia de hijos.