Ley [CCF]
Artículo 567 de Código Civil Federal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Primero TÍTULO Noveno CAPÍTULO X
Artículo 567.- El nombramiento de árbitros hecho por el tutor deberá sujetarse a la aprobación del juez.
Ley [CCF]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Primero TÍTULO Noveno CAPÍTULO X
Artículo 567.- El nombramiento de árbitros hecho por el tutor deberá sujetarse a la aprobación del juez.