Ley [CCF]
Artículo 688 de Código Civil Federal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Primero TÍTULO Undecimo CAPÍTULO III
Artículo 688.- En el caso del artículo , el administrador general será quien dé la garantía legal.
Ley [CCF]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Primero TÍTULO Undecimo CAPÍTULO III
Artículo 688.- En el caso del artículo , el administrador general será quien dé la garantía legal.