Ley [CCF]
Artículo 714 de Código Civil Federal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Primero TÍTULO Undecimo CAPÍTULO V
Artículo 714.- En el caso previsto por el artículo , el cónyuge sólo tendrá derecho a los alimentos.
Ley [CCF]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Primero TÍTULO Undecimo CAPÍTULO V
Artículo 714.- En el caso previsto por el artículo , el cónyuge sólo tendrá derecho a los alimentos.