Ley [CCF]
Artículo 739 de Código Civil Federal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Primero TÍTULO Duodecimo CAPÍTULO UNICO
Artículo 739.- La del patrimonio de la familia no puede hacerse en fraude de los derechos de los acreedores.
Ley [CCF]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Primero TÍTULO Duodecimo CAPÍTULO UNICO
Artículo 739.- La del patrimonio de la familia no puede hacerse en fraude de los derechos de los acreedores.