Ley [CCF]
Artículo 747 de Código Civil Federal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 747.- Pueden ser objeto de apropiación todas las cosas que no estén excluidas del comercio.
Ley [CCF]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 747.- Pueden ser objeto de apropiación todas las cosas que no estén excluidas del comercio.