Ley [CPF]
Artículo 77 de Código Penal Federal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Primero TÍTULO Cuarto CAPÍTULO I
Artículo 77.- Corresponde a la autoridad jurisdiccional la imposición de las penas, su modificación y duración; asimismo, al Ejecutivo Federal la administración penitenciaria.
Artículo reformado DOF