Ley [LAASSP]
Artículo 120 de Ley De Adquisiciones, Arrendamientos Y Servicios Del Sector Público
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 120. Lo dispuesto por este Capítulo se aplicará a las entidades sólo cuando sus leyes no regulen de manera expresa la forma en que podrán resolver sus controversias.