Lectura de artículo · LAASSP

Artículo 83

Ley De Adquisiciones, Arrendamientos Y Servicios Del Sector Público

Artículo 83. El acceso a la Plataforma por parte de las dependencias, entidades, licitantes, cotizantes, postulantes y proveedores nacionales se realizará a través de la Firma Electrónica Avanzada, en términos de los lineamientos que para tal efecto emita la Secretaría. Tratándose de proveedores extranjeros, el medio de identificación electrónica se generará por la propia Plataforma.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Relaciones del artículo 83

Ampliar

  • Sin referencias directas identificadas. Puedes continuar por el índice de la ley.
Leyenda
Artículo seleccionado Artículo Ley completa Salen del 83 Llegan al 83
Publicidad