Ley [LAgra]

Artículo 85 de Ley Agraria

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 85.- En caso de que se presente ejercicio simultáneo del derecho del tanto con posturas iguales, el comisariado ejidal, ante la presencia de fedatario público, realizará un sorteo para determinar a quién corresponde la preferencia.

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