Lectura de artículo · LCF

Artículo 4o-b

Ley De Coordinación Fiscal

Artículo 4o-B. El Fondo de Extracción de Hidrocarburos estará conformado por los recursos que le transfiera el , en términos del artículo 91 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.

Párrafo reformado DOF ,

El Fondo a que se refiere este artículo será distribuido entre aquellas entidades que formen parte de la clasificación de extracción de petróleo y gas definida en el último censo económico realizado por el , de acuerdo a la fórmula siguiente:

Donde FEXHI t se refiere al Fondo de Extracción de Hidrocarburos en el año a repartir.

es el coeficiente relativo a la extracción de petróleo y gas.

es el coeficiente relativo a la producción de gas asociado y no asociado.

EXP i,t-1 es el valor de extracción bruta de los hidrocarburos de la entidad federativa i conforme a la clasificación de extracción de petróleo y gas definida en el último censo económico realizado por el .

EXG i,t-1 es el volumen de producción de gas natural asociado y no asociado de la entidad i, en el año anterior para el cual se realiza el cálculo, según el Sistema de Información Energética.

es la sumatoria de la variable que le sigue, sobre las entidades que formen parte de la clasificación de extracción de petróleo y gas definida en el último censo económico realizado por el .

Párrafo con “fórmula” reformado DOF ,

La enterará a las entidades federativas las cantidades correspondientes mensualmente, de forma provisional y, en su caso, efectuará el ajuste anual que corresponda, conforme a las disposiciones que al efecto emita.

Párrafo reformado DOF

Los municipios recibirán cuando menos el 20% de los recursos percibidos por las entidades federativas, incluyendo las cantidades que se perciban en tal caso por concepto de compensación.

Párrafo reformado DOF

Las entidades adheridas al Sistema Nacional de Coordinación Fiscal que reciban ingresos por concepto del Fondo a que hace referencia el presente artículo, podrán celebrar con la Federación un convenio a fin de que los ingresos excedentes respecto a lo estimado y calendarizado en las disposiciones aplicables, se destinen en un porcentaje establecido en el citado convenio al Fondo de Estabilización de Extracción de Hidrocarburos.

Párrafo adicionado DOF

El Fondo de Estabilización de Extracción de Hidrocarburos tendrá por finalidad compensar la disminución en la ministración de los recursos obtenidos por el Fondo de Extracción de Hidrocarburos, respecto a lo estimado y calendarizado para el ejercicio fiscal en cuestión.

Párrafo adicionado DOF

El Fondo de Estabilización de Extracción de Hidrocarburos se sujetará a las reglas de operación que al efecto emita la , previa opinión de las entidades que reciban ingresos por concepto del Fondo de Extracción de Hidrocarburos.

Párrafo adicionado DOF

Artículo adicionado DOF

Citado por 1 ley1 leyBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Relaciones del artículo 4o-b

Ampliar

Leyenda
Artículo seleccionado Artículo Ley completa Salen del 4o-b Llegan al 4o-b
Publicidad

Relaciones entre leyes

1 ley cita el artículo 4o-b

1 mención encontrada en otras leyes.