Ley [LCF]
Artículo 2o de Ley De Coordinación Fiscal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 2o.- El Fondo General de Participaciones se constituirá con el 20% de la recaudación federal participable que obtenga la federación en un ejercicio.
Párrafo reformado DOF ,
La recaudación federal participable será la que obtenga la Federación por todos sus impuestos, así como por los derechos de minería, disminuidos con el total de las devoluciones por dichas contribuciones y excluyendo los conceptos que a continuación se relacionan:
Párrafo reformado DOF
- El impuesto sobre la renta derivado de los contratos y asignaciones para la exploración y extracción de hidrocarburos a que se refiere la ;
Fracción reformada DOF
- El impuesto sobre la renta por concepto de salarios y, en general, por la prestación de un servicio personal subordinado causado por los servidores públicos de la Federación, de las entidades federativas, de los municipios y las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, así como de sus organismos autónomos y entidades paraestatales y paramunicipales;
- La recaudación total que se obtenga de los derechos a que se refieren los artículos , y de la ;
- Los incentivos que se establezcan en los convenios de colaboración administrativa en materia fiscal federal;
- El impuesto sobre automóviles nuevos;
- La parte de la recaudación correspondiente al impuesto especial sobre producción y servicios en que participen las entidades en los términos del artículo .-A de ;
- La recaudación obtenida en términos de lo previsto en los artículos 2o., fracción II, inciso B) y 2o.-A, fracción II, de la ;
- Las cantidades que se distribuyan a las entidades federativas de acuerdo con lo previsto en los artículos .-A y .-B de ;
Fracción reformada DOF
- El excedente de los ingresos que obtenga la Federación por aplicar una tasa superior al 1% a los ingresos por la obtención de premios a que se refieren los artículos y de la , y
Fracción reformada DOF
- El impuesto por la actividad de exploración y extracción de hidrocarburos previsto en el Título Cuarto de la .
Fracción adicionada DOF
Párrafo reformado DOF . Párrafo con fracciones reformado DOF
Párrafo adicionado DOF
- XEi,t es la información relativa a la recaudación de impuestos y derechos locales de la entidad i en el año t contenida en la última cuenta pública oficial y reportados en los formatos que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
- Xas cifras reportadas en la cuenta pública oficial de los citados ingresos, que estén relacionadas con el otorgamiento de beneficios, programas, subvenciones, o subsidios, aun cuando tengan una denominación distinta en la legislación local correspondiente, y que estén dirigidos a determinado sector de la población o de la economía, no se considerarán ingresos para efectos de la determinación de coeficientes de participaciones.
- Xa Comisión Permanente de Funcionarios Fiscales podrá aprobar otros impuestos y derechos respecto de los cuales exista información certera y verificable, atendiendo a criterios de equidad entre las entidades federativas.
Párrafo reformado DOF , . Párrafo con “fórmula” reformado DOF ,
- Xas entidades deberán informar de la totalidad de la recaudación que efectúen de cada uno de sus impuestos y derechos locales, en los formatos que para ello emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. La fórmula anterior no será aplicable en el evento de que en el año de cálculo la recaudación federal participable sea inferior a la observada en el año 2007. En dicho supuesto, la distribución se realizará en función de la cantidad efectivamente generada en el año de cálculo y de acuerdo al coeficiente efectivo que cada entidad haya recibido de dicho Fondo en el año 2007. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá solicitar a las entidades la información que estime necesaria para verificar las cifras recaudatorias locales presentadas por las entidades.
Párrafo reformado DOF , , ,
Párrafo adicionado DOF
Párrafo adicionado DOF
Reforma DOF : Derogó del artículo el entonces párrafo noveno (antes reformado DOF , , ,
Reforma DOF : Derogó del artículo el entonces párrafo tercero (antes reformado DOF , )
Reforma DOF : Derogó del artículo el entonces párrafo cuarto (antes adicionado DOF , reformado DOF ,
Artículo reformado DOF , , , . Fe de erratas DOF . Reformado DOF ,
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