Ley [LDFEFM]

Artículo 59 de Ley De Disciplina Financiera De Las Entidades Federativas Y Los Municipios

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 59.- Los Entes Públicos deberán entregar la información financiera que solicite la Secretaría para dar cumplimiento a , en los términos de las disposiciones que para tal efecto emita.

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