Ley De Los Derechos De Las Personas Adultas Mayores
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Ley De Los Derechos De Las Personas Adultas Mayores
Resumen de la ley
Ley De Los Derechos De Las Personas Adultas Mayores regula una materia federal identificada en su texto oficial. Su primer artículo señala: La presente Ley es de orden público, de interés social y de observancia general en los Estados Unidos Mexicanos. El análisis local detectó 51 artículos ordinarios y materias como derechos humanos y garantías, educación, salud, vivienda y bienestar, organización del estado, federalismo y municipios.
Lo esencial
Qué regula
- Derechos humanos y garantías
- Educación
- Salud, vivienda y bienestar
- Organización del Estado
- Federalismo y municipios
- Justicia constitucional
- Trabajo y seguridad social
- Propiedad, recursos y economía
A quién aplica
- Personas en los Estados Unidos Mexicanos.
- Autoridades de todos los órdenes de gobierno.
- Federación, entidades federativas, municipios y Ciudad de México.
Materias principales
- Derechos humanos y garantías
- Educación
- Salud, vivienda y bienestar
- Organización del Estado
- Federalismo y municipios
- Justicia constitucional
- Trabajo y seguridad social
- Propiedad, recursos y economía
Derechos principales
- Derechos humanos
- Igualdad y no discriminación
- Educación
- Salud
Aplicación práctica
Obligaciones principales
- Las autoridades deben actuar dentro de sus competencias y conforme a las obligaciones previstas en el texto.
Trámites, procedimientos o acciones relacionadas
- Juicio de amparo y mecanismos de control constitucional.
- Consulta y participación de pueblos indígenas.
Sanciones o consecuencias
- Sanciones previstas para infracciones constitucionales y leyes secundarias.
- Consecuencias penales o administrativas cuando el texto las remite a la ley.
Definiciones importantes
| Concepto | Explicación sencilla |
|---|---|
| Personas adultas mayores | Aquellas que cuenten con sesenta años o más de edad y que se encuentren domiciliadas o en tránsito en el territorio nacional |
| Asistencia social | Conjunto de acciones tendientes a modificar y mejorar las circunstancias de carácter social que impidan al individuo su desarrollo integral, así como la protección física, mental y social de personas en estado de necesidad, desprotección o desventaja física y |
| Entidades federativas | Los estados y el Distrito Federal que integran los Estados Unidos Mexicanos |
| Ley | La presente Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores |
| Género | Conjunto de papeles, atribuciones y representaciones de hombres y mujeres en nuestra cultura que toman como base la diferencia sexual |
| Geriatría | Es la especialidad médica dedicada al estudio de las enfermedades propias de las personas adultas mayores |
| Gerontología | Estudio científico sobre la vejez y de las cualidades y fenómenos propios de la misma |
| Integración social | Es el resultado de las acciones que realizan las dependencias y entidades de la administración pública federal, estatal y municipal, las familias y la sociedad organizada, orientadas a modificar y superar las condiciones que impidan a las personas adultas mayo |
| Atención integral | Satisfacción de las necesidades físicas, materiales, biológicas, emocionales, sociales, laborales, culturales, recreativas, productivas y espirituales de las personas adultas mayores. Para facilitarles una vejez plena y sana se considerarán sus hábitos, capaci |
| Calidad del servicio | Conjunto de características que confieren al servicio la capacidad de satisfacer tanto las necesidades como las demandas actuales y potenciales; Fracción reformada DOF 12-07-2018 |
| Instituto | Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, y Fracción reformada DOF 12-07-2018 |
| Violencia Contra las Personas Adultas Mayores | Cualquier acción u omisión que les cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o la muerte tanto en el ámbito privado como en el público. Fracción adicionada DOF 12-07-2018 |
Explora a detalle
Artículos clave
| Artículo | Por qué importa |
|---|---|
| 1o | La presente Ley es de orden público, de interés social y de observancia general en los Estados Unidos Mexicanos. |
| 2o | La aplicación y seguimiento de esta Ley, corresponde a: |
| 3o | Para los efectos de esta Ley, se entenderá por: |
| 4o | Son principios rectores en la observación y aplicación de esta Ley: |
| 5o | De manera enunciativa y no limitativa, esta Ley tiene por objeto garantizar a las personas adultas mayores los siguientes derechos: |
| 6o | El Estado garantizará las condiciones óptimas de salud, educación, nutrición, vivienda, desarrollo integral y seguridad social a las personas adultas mayores con el fin de lograr plena... |
| 7o | El Estado promoverá la publicación y difusión de esta Ley para que la sociedad y las familias respeten a las personas adultas mayores e invariablemente otorguen el reconocimiento a su... |
| 8o | Ninguna persona adulta mayor podrá ser socialmente marginada o discriminada en ningún espacio público o privado por razón de su origen étnico o nacional, el género, la edad, las... |
| 9o | La familia de la persona adulta mayor deberá cumplir su función social; |
| 10 | Son objetivos de la Política Nacional sobre personas adultas mayores los siguientes: |
| 11 | La Federación, las entidades federativas y los municipios ejercerán sus atribuciones en la formulación y ejecución de las políticas públicas para las personas adultas mayores, de... |
| 12 | Cuando las disposiciones de esta Ley comprendan materias y acciones que incidan en diversos ámbitos de competencia de la Federación, las entidades federativas y los municipios, se aplicarán... |
Mapa de temas
| Tema | Artículos detectados | Descripción |
|---|---|---|
| Derechos humanos y garantías | 4o, 5o, 6o, 8o, 9o | Reconoce derechos y principios de protección frente a autoridades. |
| Educación | 5o, 6o, 10, 17, 23 | Regula bases y obligaciones en materia educativa. |
| Salud, vivienda y bienestar | 5o, 6o, 8o, 10, 17 | Contiene bases de derechos sociales y condiciones de bienestar. |
| Organización del Estado | 28, 50 | Define órganos, competencias y división de poderes. |
| Federalismo y municipios | 1o, 2o, 3o, 5o, 10 | Distribuye competencias entre Federación, entidades y municipios. |
| Justicia constitucional | 5o, 22 | Prevé mecanismos de control constitucional y protección jurisdiccional. |
| Trabajo y seguridad social | 6o, 10, 41 | Establece bases constitucionales del trabajo y seguridad social. |
| Propiedad, recursos y economía | 50 | Regula bases sobre propiedad, recursos nacionales y actividad económica. |
Plazos importantes
- Artículo 33. Para la celebración de las reuniones, la convocatoria deberá ir acompañada del orden del día y de la documentación correspondiente, los cuales deberán ser enviados por el Director General del Instituto o...
- En caso de que la reunión convocada no pudiera llevarse a cabo por falta de quórum, deberá celebrarse ésta, en segunda convocatoria, entre los cinco y quince días hábiles siguientes.
- PRIMERO. Esta Ley entrará en vigor a los treinta días de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
- QUINTO. La expedición del Estatuto Orgánico del Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores se dará dentro de los ciento veinte días posteriores a la entrada en vigor de la presente Ley.
- En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del...
- Único.- El presente Decreto entrará en vigor a los cuarenta y cinco días siguientes de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
- DECRETO por el que se reforman diversas Leyes Federales, con el objeto de actualizar todos aquellos artículos que hacen referencia a las Secretarías de Estado cuya denominación fue modificada y al Gobierno del Distrito...
- A partir de la entrada en vigor del presente Decreto, las menciones contenidas en leyes, reglamentos y disposiciones de cualquier naturaleza, respecto del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes, se entenderán...
Preguntas frecuentes
¿De qué trata Ley De Los Derechos De Las Personas Adultas Mayores?
Ley De Los Derechos De Las Personas Adultas Mayores regula una materia federal identificada en su texto oficial. Su primer artículo señala: La presente Ley es de orden público, de interés social y de observancia general en los Estados Unidos Mexicanos. El análisis local detectó 51 artículos ordinarios y materias como derechos humanos y garantías, educación, salud, vivienda y bienestar, organización del estado, federalismo y municipios.
¿Qué regula Ley De Los Derechos De Las Personas Adultas Mayores?
Regula principalmente derechos humanos y garantías, educación, salud, vivienda y bienestar, organización del estado, federalismo y municipios, justicia constitucional.
¿A quién aplica Ley De Los Derechos De Las Personas Adultas Mayores?
Aplica principalmente a Personas en los Estados Unidos Mexicanos; Autoridades de todos los órdenes de gobierno; Federación, entidades federativas, municipios y Ciudad de México.
¿Qué artículos conviene revisar primero en Ley De Los Derechos De Las Personas Adultas Mayores?
Conviene empezar por artículo 1o, porque La presente Ley es de orden público, de interés social y de observancia general en los Estados Unidos Mexicanos. También puede revisarse artículo 2o, porque La aplicación y seguimiento de esta Ley, corresponde a:
¿En qué casos puedo usar esta ley?
Puedes usarla para ubicar derechos humanos y garantías, educación, salud, vivienda y bienestar, organización del estado, identificar sujetos obligados, revisar artículos clave y conectar el tema con leyes relacionadas.
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