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Artículo 114

Ley De La Empresa Pública Del Estado, Petróleos Mexicanos

Artículo 114.- El Consejo de Administración de Petróleos Mexicanos debe aprobar el Programa de Cumplimiento Legal aplicable a Petróleos Mexicanos y a sus empresas filiales para prevenir o mitigar riesgos de incumplimiento y de corrupción.

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