décimo segundo..- Los poderes, mandatos y, en general, las representaciones otorgadas y las facultades concedidas por Petróleos Mexicanos con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley, así como por Pemex Exploración y Producción, Pemex Transformación Industrial y Pemex Logística, se entienden conferidos por Petróleos Mexicanos a las personas que originalmente fueron otorgados, y subsisten en tanto no se opongan a esta Ley, o bien, sean modificados o revocados expresamente.
Ley [LEPEPM]
Artículo décimo segundo de Ley De La Empresa Pública Del Estado, Petróleos Mexicanos
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Relaciones verificadas del artículo
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Reglamento vinculado
REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos
[Reg_LEPEPM]
Vínculo entre normas
Ley Federal De Deuda Pública
[136_300118]
Vínculo entre normas
Ley De Ingresos De La Federación Para El Ejercicio Fiscal De 2026
[LIF_2026]
Vínculo entre normas
Ley Del Banco De México
[74]
Vínculo entre normas
Ley Del Mercado De Valores
[LMV]
Vínculo entre normas
Ley General De Bienes Nacionales
[LGBN]
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