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Artículo 11 ter

Ley Federal De Armas De Fuego Y Explosivos

Artículo 11 Ter.- Se prohíbe:

    I - La posesión, transportación, uso o fabricación de instrumentos, accesorios o aditamentos para convertir armas semiautomáticas en automáticas, incluidos los de manufactura tridimensional, con técnicas aditivas o de forma artesanal.
    II - El empleo de equipo de visión nocturna, designadores laser, miras holográficas o térmicas, así como todos aquellos accesorios utilizados para mejorar el empleo del armamento en actividades ilícitas, ajenas a la práctica lúdica de caza o tiro.

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