Ley [LFAFE]
Artículo 69 de Ley Federal De Armas De Fuego Y Explosivos
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 69.- Las negociaciones y campos de tiro, abiertos o subterráneos, que se dediquen a las actividades reguladas en , tienen obligación de dar las facilidades necesarias a la Secretaría para practicar visitas de verificación de sus actividades.
Artículo reformado DOF