Ley [LFAFE]

Artículo 82 de Ley Federal De Armas De Fuego Y Explosivos

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 82.- Se impondrá de uno a seis años de prisión y multa de cien a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien transfiera la propiedad de un arma sin el permiso correspondiente.

La trasferencia de la propiedad de dos o más armas, sin permiso, o la reincidencia en la conducta señalada en el párrafo anterior, se sancionará de cinco a quince años de prisión y multa de cien a quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

Artículo reformado DOF , ,

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